Cuidar a un hijo con cáncer: la prestación inicial pasa de uno a cuatro meses
Un nuevo reglamento de la Seguridad Social, publicado en el BOE el 5 de noviembre, alarga los plazos de la prestación para cuidar a un hijo con cáncer u otra enfermedad grave: el primer reconocimiento pasa de 1 a 4 meses y las prórrogas, de 2 y 4 meses a 6 y 8. Menos papeleo en los peores meses. Se aplicará desde el 5 de enero de 2027; hasta entonces siguen las reglas actuales.
Cuando a un niño le diagnostican un cáncer, uno de sus padres suele reducir su jornada para estar en el hospital y en casa. Para eso existe desde 2011 la prestación por cuidado de menores con cáncer u otra enfermedad grave (CUME), que compensa el sueldo que se deja de cobrar. Hasta ahora, la Seguridad Social la concedía primero por un mes; después había que renovarla por dos meses y, a partir de ahí, cada cuatro.
El Real Decreto 957/2026, publicado en el BOE el 5 de noviembre, cambia esos plazos. Desde el 5 de enero de 2027, el primer reconocimiento durará cuatro meses, la primera prórroga seis y las siguientes, ocho. Las prórrogas sucesivas se duplican, y el primer periodo se multiplica por cuatro. Mientras tanto, se siguen aplicando las reglas de 2011.
Menos renovaciones en los meses más duros
El reglamento, que sustituye al de 2011, recoge otras novedades, según el resumen del texto publicado por Laboral Social:
- Si los dos progenitores la cobran a la vez, cada uno recibe el 50 % de su base reguladora. Si se turnan, los periodos pueden ser de 15 días como mínimo.
- Se incluyen el trastorno del espectro autista y el síndrome de Poirier-Bienvenu en la lista de enfermedades.
- La prestación es compatible con que el niño vaya al colegio y con las prácticas formativas, mientras siga necesitando cuidados.
- Desaparece la exclusión de quienes trabajan a tiempo parcial con jornadas de hasta el 25 %.
Se mantiene la cuantía: el 100 % de la base reguladora de incapacidad temporal, en proporción a la reducción de jornada, que tiene que ser de al menos la mitad.
De 6.000 a 19.000 familias
En 2018 la prestación llegaba a menos de 6.000 familias, y en junio de 2026 eran cerca de 19.000, con un presupuesto de 355 millones de euros, según el Ministerio de Inclusión. Entonces la ministra Elma Saiz explicó que el texto incorporaba aportaciones de las familias afectadas: «Este reglamento da mayor seguridad y mejora la protección a las familias».
El reglamento también añade un control: a los 24 meses del primer reconocimiento, y después cada dos años, hará falta un informe de la Inspección Médica. Si no llega en 30 días, la prestación se prorroga de forma provisional.
Fuentes
- BOE · Real Decreto 957/2026, de 4 de noviembre, de desarrollo del régimen jurídico de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave
- BOE · Real Decreto 1148/2011 (texto consolidado, artículo 7)
- Laboral Social · Nuevo reglamento de la prestación CUME: requisitos, cuantía, duración y gestión
- La Moncloa · El Gobierno amplía la prestación para el cuidado de niños gravemente enfermos (24-06-2026)
- ICAB · Real Decreto 957/2026, de 4 de noviembre


